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Reprocann
#31
@Penguin , lamento comentarte que sí, que estás completamente equivocado.
En ningún lugar se deja asentado el tipo de cannabis que debes cultivar (THC/CBD, Sativa/Indica, etc.)

Si estás en lo cierto que el Reprocann no permite el cultivo para uso recreacional. Debe ser para fines MEDICINALES, TERAPEUTICOS Y/O PALIATIVOS.

¿Tenés insomnio y el cannabis te ayuda a dormir?
¿Tenés dolores crónicos y el cannabis te lo alivia?
¿Tenés ansiedad, stress, depresión, etc y el cannabis te lo alivia?
Cualquiera de esas (y cientos mas) de opciones te habilita a obtener el certificado. No hace falta que tengas una enfermedad detectable como cancer por ejemplo.

No sé si estás desinformado o solamente aplicas juicios de valor que vos tenés, pero podés leer varios casos que salieron en los diarios de gente que fue allanada por una denuncia anónima y que pudieron mantener sus plantas y no les iniciaron causa por estar inscriptos en el Reprocann, y ninguno de esos cultivaba flores con CBD sino con THC.

1) No pagó 5.000 al pedo.
2) PUEDE cultivar y transportar hasta 40 gramos de flores con THC activo. Y en su casa puede tener un millón de toneladas de flores si quiere porque para almacenamiento no hay límite, mienrtas no sobrepase las 9 plantas en flora y la cantidad de metros cuadradados para cultivo.
3) No, no se inscribió en ninguna lista negra, te invito a googlear noticias sobre el Reprocann y vas a ver cantidad de casos de gente que fue allanada o que pasó un control de gendarmería/prefectura/policía o que viajo en avión con flores con THC activo (yo incluído, viaje a Ushuaia con 10 gramos sin ningún tipo de problema)

Saludos!
<<Mientras el hombre, tomado individualmente, es un acertijo irresoluble, el conjunto de los hombres se convierte en una certidumbre matemática. No puede usted, por ejemplo, anunciar de antemano qué es lo que hará un hombre determinado, pero se puede prever con precisión lo que hará la mayoría de ellos.>>
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  • Chona90, EGR, Penguin
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#32
(29-09-2021, 09:46 AM)JACKELDESTRIPADOR escribió: @Penguin , lamento comentarte que sí, que estás completamente equivocado.
En ningún lugar se deja asentado el tipo de cannabis que debes cultivar (THC/CBD, Sativa/Indica, etc.)

Si estás en lo cierto que el Reprocann no permite el cultivo para uso recreacional. Debe ser para fines MEDICINALES, TERAPEUTICOS Y/O PALIATIVOS.

¿Tenés insomnio y el cannabis te ayuda a dormir?
¿Tenés dolores crónicos y el cannabis te lo alivia?
¿Tenés ansiedad, stress, depresión, etc y el cannabis te lo alivia?
Cualquiera de esas (y cientos mas) de opciones te habilita a obtener el certificado. No hace falta que tengas una enfermedad detectable como cancer por ejemplo.

No sé si estás desinformado o solamente aplicas juicios de valor que vos tenés, pero podés leer varios casos que salieron en los diarios de gente que fue allanada por una denuncia anónima y que pudieron mantener sus plantas y no les iniciaron causa por estar inscriptos en el Reprocann, y ninguno de esos cultivaba flores con CBD sino con THC.

1) No pagó 5.000 al pedo.
2) PUEDE cultivar y transportar hasta 40 gramos con flore con THC activo. Y en su casa puede tener un millón de toneladas de flores si quiere porque para almacenamiento no hay límite, mienrtas no sobrepase las 9 plantas en flora y la cantidad de metros cuadradados para cultivo.
3) No, no se inscribió en ninguna lista negra, te invito a googlear noticias sobre el Reprocann y vas a ver cantidad de casos de gente que fue allanada o que pasó un control de gendarmería/prefectura/policía o que viajo en avión con flores con THC activo (yo incluído, viaje a Ushuaia con 10 gramos sin ningún tipo de problema)

Saludos!

Agradezco mucho la información y lamento mi comentario completamente erróneo, aplicado en base a juicios de valor que tengo. Pero que no se mal interprete, digo, soy consumidor de cannabis y me encanta cultivar, toda la bola... Pero sinceramente, me parecía raro.
Si, he leído sobre casos donde no se trata con CBD, sino más bien con THC.

Pero entonces me surge la duda, ¿dónde comienza y finaliza la regulación de si es con fin de uso terapéutico o recreativo?
Otra duda también es: si el cultivo permitido es única y exclusivamente indoor, y la propiedad de un individuo es privada, ¿cómo se regula que no tengas más de 9 plantas en flora?
Y, por último, ¿qué organismo se encarga, en tu caso (por ejemplo) de proveerte las semillas de cannabis? Porque hasta donde tengo entendido, el comercio de las mismas, sigue siendo ilegal... Yo sé que Argentina es un desastre en todo, tiene una ley y detrás, 5 que la pisan. ¿Pero no es todo muy raro?

De todas formas quiero recalcar y agradecer que me hayas corregido, así como disculparme si sonó de forma agresiva mi comentario, no fué con esa intención bajo ningún punto.

Gracias por la información.
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  • EGR, JACKELDESTRIPADOR
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#33
En base a todo lo anteriormente dicho, ¿entonces yo puedo tener 10 carpas de 1x1, en la primera poner a vegetar 50 esquejes y en cada una de las 9 restantes poner 1 maceta de 50lts florando en SCROG? Digo, total son 9 plantas en floración, estaría dentro del amparo de la ley si saco permiso del REPROCANN, ¿cierto?

Suponiendo que, por indoor coseche alrededor de 300g, tendría una producción de +2.5kg en total, cada 4 meses. ¿Sería uso medicinal eso?

EDIT: En caso de que "respetar metros cuadrados" (cosa que no veo en el artículo de la Ley) sea inferior a lo que dije, reducir el ejemplo a 4 carpas florando en scrog, por ejemplo. Teniendo así +1kg cada 4 meses, ¿todo para consumo personal y medicinal?
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#34
Viaje con faso en avion:
https://www.youtube.com/watch?v=I05nrfnW254

Como tramitar Reprocan
https://www.youtube.com/watch?v=wDTzvg2yUxI
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#35
Yo creo que, por ahora, todo marcha muy lindo... Y eso es extraño en Argentina. Es por eso que me hago las preguntas anteriormente dichas.
Tengo mis dudas sobre este registro en el REPROCANN, nunca olviden el contexto, que es Argentina. Pero mientras sirva, por lo menos, para que puedan transportar sus cogollos, flama... Ahora, que hoy no pase nada, no significa que el día de mañana no se de vuelta la tortilla y empiecen a agarrar perejiles (como venían haciendo) y, por no estar bien informados en lo LEGISLATIVO (por mucho video y experiencia propia contada que haya dando vueltas) tengamos un graaaan problema.
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  • Albert Rodrigo
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#36
Estás en lo cierto que la regulación esá en un gris. Así arranco por ejemplo en ciertos estados de USA. El hecho de tener una consulta médica también hace que el paciente tenga una idea de por qué esta cultivando. Con esto voy a que en caso de un allanamiento, yo puedo explicar tranquilamente que mi cultivo es terapeutico y explicar como me ayuda el cannabis (por ejemplo, a mi me lo recetaron como uso refractario a tratamiento con ansioliticos -soy dueño de una empresa en argentina, no estoy exento de stress y ansiedad.)
¿Podés mentirle al médico? Claro. Tanto a uno cannabico como a uno común. Si voy al médico y acuso dolores musculares fuertes, probablemente me recete un relajante muscular. Esto es lo mismo.

Te respondo otras dudas:
- La plantación no es únicamente indoor. Esto ya fue aclarado por las autoridades. Puede ser indoor o de exterior, siempre y cuando sea dentro de tu domicilio (no está permitido el cultivo de guerrila)
- Para control, al inscribirte, aceptas que las autoridades puedan realizar una inspección de tus cultivos sin previo aviso. Ahi es donde controlarían que no estes excedido de tus 9 plantas en flora y de tus 6m2 para cultivo.
- En el caso de las semillas, dejame que te lo averigue porque no te puedo dar una respuesta certera. En mi caso estoy plantando esquejes de cultivadores amigos registrados.

Sobre tu última consulta, la lmitación como dije arriba, son 9 plantas en flora y dimensión máxima de 6 metross cuadrados, en interior o exterior del domicilio particular.
NO HAY LIMITE en plantas en vege. NO HAY RESTRICCIONES entre variedades CBD o THC.

Mientras respetes esos parámetros, no hay límites en cuanto a producción en gramos. Pensá que la ley está redactada tanto para indoor como para exterior. En exterior (si bien podés hacer mas de un cultivo) haces un cultivo al año, y esa producción debería alcanzarte para poder tener tu consumo de medicina durante todo el año. Quizás de las 9 plantas que llegaste a florar una murió, la otra tuvo plagas u hongos, otra produjo poco, etc.
<<Mientras el hombre, tomado individualmente, es un acertijo irresoluble, el conjunto de los hombres se convierte en una certidumbre matemática. No puede usted, por ejemplo, anunciar de antemano qué es lo que hará un hombre determinado, pero se puede prever con precisión lo que hará la mayoría de ellos.>>
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  • kingF
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#37
(29-09-2021, 09:57 AM)Penguin escribió: ¿dónde comienza y finaliza la regulación de si es con fin de uso terapéutico o recreativo?

En tu consulta con el médico. Precisamente para eso está. Después nadie te va a decir "che, me parece que tus últimas 10 pitadas de ese porro fueron más recreativo que medicinal". Es absurdo.

(29-09-2021, 09:57 AM)Penguin escribió: ¿qué organismo se encarga, en tu caso (por ejemplo) de proveerte las semillas de cannabis?

El INASE, el Ministerio de Salud y el de Agricultura buscan generar un proyecto que permita el registro de semillas en bancos nacionales. Si esta nueva medida llega a aprobarse, la venta de semillas reguladas y registradas está pensada para personas inscriptas en el Reprocann. Por ahora es un gris, como ha sido el cultivo de porro en la última década, desde que estaba despenalizado el consumo y tenencia. Aplaudo que el programa tenga vigencia, incluso antes de que se den todas las condiciones del marco legal como el generar un banco de semillas. Habla de la urgencia social de dicho programa, al igual que habla muy bien de la lucha de las personas que realmente pelearon por la necesidad de consumir CBD y THC por salud (por siempre en mi corazón Mamá Cultiva Argentina)

(29-09-2021, 09:57 AM)Penguin escribió: Suponiendo que, por indoor coseche alrededor de 300g, tendría una producción de +2.5kg en total, cada 4 meses. ¿Sería uso medicinal eso?

Cosechar =/= el uso que vos vayas a darle.
Podés ser cultivador solidario, y sí, que sea todo para uso medicinal. Cada caso debe ser contemplado como tal. Si tenés el aval de tu médico para estar en el reprocann porque tenés insmonio y te cuesta dormirte, dale para adelante, tampoco veo un problema acá. Una buena pregunta para hacerse igual es por qué querrías sacar 1 kg cada cuatro meses. Obvio que si es para consumo personal o local (personal + vecinos en el caso de ser cultivador solidario) está perfecto. 

De leerte me da la ligera impresión que te preocupa la regulación estricta de las medidas. A mí modo de ver las cosas, el reprocann genera un paraguas, un amparo para los cultivadores que desde años piden que se los descriminalice por cultivar marihuana. Si te vienen con una orden de allanamiento porque los vecinos te denunciaron por tener 40 plantas de marihuana y 1) estás inscripto en el reprocann, 2) 35 de esas plantas son macho 3)no tenés causas de narcotráfico, te van a pedir perdón, te van levantar la puerta pateada y se van a retirar de tu hogar. Cuanto mucho te harán un par de preguntas, lo cual me parece perfecto, pero si estás dentro del marco legal del programa no veo mayores problemas.3


Cita:Tengo mis dudas sobre este registro en el REPROCANN, nunca olviden el contexto, que es Argentina.


????

Si tenés dudas, no consumas.
Si estás embarazadx, no consumas.
Si no estás bien de salud, no consumas.
Si estás deprimidx o triste, no consumas.
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  • Penguin
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#38
(29-09-2021, 11:45 AM)Penguin escribió: Yo creo que, por ahora, todo marcha muy lindo... Y eso es extraño en Argentina. Es por eso que me hago las preguntas anteriormente dichas.
Tengo mis dudas sobre este registro en el REPROCANN, nunca olviden el contexto, que es Argentina. Pero mientras sirva, por lo menos, para que puedan transportar sus cogollos, flama... Ahora, que hoy no pase nada, no significa que el día de mañana no se de vuelta la tortilla y empiecen a agarrar perejiles (como venían haciendo) y, por no estar bien informados en lo LEGISLATIVO (por mucho video y experiencia propia contada que haya dando vueltas) tengamos un graaaan problema.


Claro que en argentina a seguro se lo llevaron preso, pero hoy contas una ley que te brinda protección a la hora de cultivar.
Supongamos que mi vecino de departamento me odia porque una vez puse música fuerte, un día huele mis plantas y me denuncia con un llamado anónimo. 
Sin reprocann me iniciaran una causa y quedará en manos del juez saber si avanza o no (en mi caso solo tengo 2 plantas, es claramente pra consumo personal.)
Con reprocann, como es algo nueva, probablemente me allanen, pase un mal momento pero luego la causa se cae automáticamente e incluso logre recuperar lo que me fue sustraído ilegalmente. Si tengo suerte, ante el allanamiento, muestro mi permiso y termina todo ahí.

¿Dentro de cual de las dos opciones preferís estar vos?


Por otro lado si tengo amigos registrados que por ejemplo tienen mas de 25 plantas en flora. Es un riesgo que deciden correr ellos. Si les cae una denuncia anónima o incluso una inspección aleatoria de rutina a quienes solicitaron el permiso, no sé que pueda llegar a pasar. Es un riesgo que yo no decido correr, por eso me limito a cultivar respetando todo los parametros de la ley.

Tambien tenes gente que se inscribio pero no le fue otorgado el permiso aún (estan con demoras), igual decidieron plantar y tuvieron la mala suerte de ser allanados. Hay muchos activistas luchando para que no terminen presos, pero nuevamente, la ley es clara. Su permiso no había sido aprobado aún y decidieron plantar igualmente, tendrán que ver si tienen suerte o no con la justiica.

En lo personal me hubiera encantando empezar a cultivar hace años pero no pensaba correr ese riesgo sin poder hacerlo legalmente, por suerte ahora conamos con una herramienta que permite el cultivo legal y ayer corté mis primeras dos plantas!
<<Mientras el hombre, tomado individualmente, es un acertijo irresoluble, el conjunto de los hombres se convierte en una certidumbre matemática. No puede usted, por ejemplo, anunciar de antemano qué es lo que hará un hombre determinado, pero se puede prever con precisión lo que hará la mayoría de ellos.>>
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  • Penguin, soulnmagic
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#39
(29-09-2021, 11:48 AM)kingF escribió:
(29-09-2021, 11:48 AM)kingF escribió:
(29-09-2021, 09:57 AM)Penguin escribió: ¿dónde comienza y finaliza la regulación de si es con fin de uso terapéutico o recreativo?

En tu consulta con el médico. Precisamente para eso está. Después nadie te va a decir "che, me parece que tus últimas 10 pitadas de ese porro fueron más recreativo que medicinal". Es absurdo.

(29-09-2021, 09:57 AM)Penguin escribió: ¿qué organismo se encarga, en tu caso (por ejemplo) de proveerte las semillas de cannabis?

El INASE, el Ministerio de Salud y el de Agricultura buscan generar un proyecto que permita el registro de semillas en bancos nacionales. Si esta nueva medida llega a aprobarse, la venta de semillas reguladas y registradas está pensada para personas inscriptas en el Reprocann. Por ahora es un gris, como ha sido el cultivo de porro en la última década, desde que estaba despenalizado el consumo y tenencia. Aplaudo que el programa tenga vigencia, incluso antes de que se den todas las condiciones del marco legal como el generar un banco de semillas. Habla de la urgencia social de dicho programa, al igual que habla muy bien de la lucha de las personas que realmente pelearon por la necesidad de consumir CBD y THC por salud (por siempre en mi corazón Mamá Cultiva Argentina)

Esto me parece un poco raro... ¿Cómo se supone que cultivo cannabis, pagando y obteniendo el permiso de REPROCANN, si justamente no tengo ningún organismo que provea semillas, hasta el momento por lo menos? Si o si, tengo que conseguirlas ilegalmente... Ya sea comprando en alguna página del exterior o acá mismo en el país que bueno, a estas alturas ya fácilmente se consiguen.


(29-09-2021, 11:48 AM)kingF escribió: De leerte me da la ligera impresión que te preocupa la regulación estricta de las medidas.

EXACTO, nunca antes mejor hecho incapié... No es "preocupación" a la regulación estricta. Respeto que sea de esa forma y la verdad, me parece genial la iniciativa, así como la posibilidad a estudiar otro tipo de cannabinoides como CBG, THCV, etc.
Pero, digo, lo que hicieron con el REPROCANN, fué como si quisieran legalizar el aborto (sin mezclar los temas) pero no darle herramientas a los médicos para que puedan realizar el procedimiento. "Mientras tanto, estaremos trabajando con el comercio exterior para poder proveerselas.", no tiene mucho sentido. ¿No pasa lo mismo con las semillas?

¿Cómo se supone llevo a cabo mi cultivo, si no tengo donde comprar semillas de forma legal?
kingF escribió 29-09-2021, 12:15 PM:
De la misma forma que las madres con hijos con esquizofrenia vienen cultivando desde hace décadas.

La comparación con el aborto no la entendí. Los médicos no necesitan ninguna herramienta en este caso. Y como vos dijiste, las semillas hoy se consiguen fácilmente por lo que no es un problema. Empezar a cultivar en Argentina es fácil y una realidad que existe desde hace bocha de años, por eso existe una demanda social sobre el estado de ilegalidad de esta planta y sus productos, al igual que era innevitable la existencia de este programa.
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#40
Solo comentrio, el permiso REPROCANN no se paga, es gratuito. Lo que pagas (en caso de ue decidas hacerlo, también podrias ver por tu obra social si podes tener una consulta gratuita) es la consulta médica, como en cualquier especialidad médica.
<<Mientras el hombre, tomado individualmente, es un acertijo irresoluble, el conjunto de los hombres se convierte en una certidumbre matemática. No puede usted, por ejemplo, anunciar de antemano qué es lo que hará un hombre determinado, pero se puede prever con precisión lo que hará la mayoría de ellos.>>
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  • Penguin
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#41
Bueno, la idea por supuesto es registrarme y empezar a cultivar, siempre dentro del marco de la ley... Pero la verdad, es que hay muchos huecos legales y, seamos sinceros, es por ahí mismo donde después te llevan en cana y terminás esperando "los fallos de la justicia burocrática".
Así que me voy a infomar legalmente con un abogado y volveré al thread para actualizar lo que (por lo menos) pude obtener de información. A ver hasta donde contempla y protege realmente a los cultivadores, o si es puro negocio.

Agradezco el espacio, tiempo, las respuestas y trataré de ir con estas inquietudes para poder traer algunas respuestas.
Responder
#42
(29-09-2021, 12:07 PM)Penguin escribió: Bueno, la idea por supuesto es registrarme y empezar a cultivar, siempre dentro del marco de la ley... Pero la verdad, es que hay muchos huecos legales y, seamos sinceros, es por ahí mismo donde después te llevan en cana y terminás esperando "los fallos de la justicia burocrática".
Así que me voy a infomar legalmente con un abogado y volveré al thread para actualizar lo que (por lo menos) pude obtener de información. A ver hasta donde contempla y protege realmente a los cultivadores, o si es puro negocio.

Agradezco el espacio, tiempo, las respuestas y trataré de ir con estas inquietudes para poder traer algunas respuestas.

Si tenes la mala suerte de comprar una semilla y te enganchan, vas a tener un problema legal.
Es el único "hueco" que le veo a la legislación, y como te explicaron más arriba, se está trabajando en eso para cerrar el circulo "legal".

Del resto tenes sobradas muestras de que funciona y que no vas a tener ningún problema legal
ie: https://www.infobae.com/sociedad/policia...-de-salud/
<<Mientras el hombre, tomado individualmente, es un acertijo irresoluble, el conjunto de los hombres se convierte en una certidumbre matemática. No puede usted, por ejemplo, anunciar de antemano qué es lo que hará un hombre determinado, pero se puede prever con precisión lo que hará la mayoría de ellos.>>
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  • kingF, Penguin, soulnmagic
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#43
(29-09-2021, 09:45 AM)kingF escribió: Hola @Penguin. Podrías acercar la info donde dice explícitamente que se restringen variedades con THC? Porque en la ley 27.350 esto no figura y lo que encuentro al hacer una búsqueda rápida en google es todo lo contrario. Para empezar en la página del reprocann no estoy viendo que diga nada al respecto.
Y, si bien la calidad de la información de esta página no parece oficial, responden preguntas sobre el protocolo del programa y dicen que no hay tales restricciones.
Lo mismo, por favor, si tenés a mano el sitio donde indique lo del transporte de flores sin THC activo.

Esto es opinión ya, pero no tiene ningún sentido que hubiere restricciones respecto al porcentaje de CBD o THC, porque es fantasioso pedirle al cultivador solidario tal limitación. Al menos no sin proveerle de dichas semillas o permitir la legalidad de compra de las mismas.

Me llama mucho la atención que varias personas piensen que el programa del reprocann es una lista negra o que al anotarse pasan a integrar un listado de drogadictos oficial.
Los datos de registro son anónimos y están protegidos como son las disposiciones de la ley Ley Nº 25.326 (Ley de Protección de Datos Personales de Argentina, PDPA).

Con todo respeto, pero me parece que seguir llamándola 'lista negra' trata de instigar una sensación de miedo en la gente menos informada en base a una paranoia de control gubernamental. ¿Cuáles son los fundamentos de pensar que te tienen señalado a dedo? ¿Hay motivos reales para pensar que tus datos están siendo vulnerados cuando tenés no solo un programa que trata de protegerte, sino además una ley que garantiza la anonimidad de tus datos?

No sé, capaz me estoy equivocando en todo lo que pongo en este mensaje, pero colguemos las fuentes que estamos usando así evitamos desinformar!
Gracias, saludos.

Quiero responder esto que no había leído.
Resumiendo y para no ser terco, tenés razón en cuanto a la desinformación. Desde la ignorancia, creí que "medicinal" abarcaba el término de tratar a pacientes con CBD, por ahora.
¿Por qué pienso esto de la lista negra? Porque me parece que no tiene sentido alguno, autorices a que una persona haga 'x' cosa y "mientras tanto" estés trabajando para proveerle la herramienta... No sé, me parece que la cosa debería ser al revés. Pero bueno, es Argentina, todo es a la inversa.
Semillas se consiguen fácil, pero si me agarran y tengo un problema legal, ¿en qué quedamos? ¿Cómo cultivo si quiero hacerlo %100 legal? Ni siquiera la misma ley te dice, eso es lo que estoy tratando de decir, nada más.
Responder
#44
Loco me parece que no entendes muy bien como son las cosas, vos mismo repetis lo de "estamos en Argentina" y haces planteos de porque x cosa es asi y no de tal manera, cosas que son logicas y todos los sabemos, como el simple hecho de que no deberia ser necesario tener ningun puto permiso para cultivar marihuana ni que deberia ser ilegal... a lo que voy es que es inutil buscarle el pelo al huevo cuando sabes como es, si le queres ver el lado malo del Reprocan, como pasa con cualquier otra cosa, lo unico que vas a ver es eso, lo que no esta bueno, cuando lo unico que verdaderamente con esto del Reprocan es que uno pueda cultivar con la seguridad de que no te vas a ir preso! Si, si queres ponele que tenes la mala leche y te hacen un allanamiento, perderas tus plantas y el equipo imaginando el peor de lo casos, pero no vas a ir preso loco eso es lo que importa creo yo.
Creo que lo que te hace falta es informarte un poco mas de Derecho y se te va a ir la desconfianza, el art. 19 de la Constituciòn Nacional te responde tu duda de que pasa con lo que no expresa la ley; "...Ningún habitante de la Nación será obligado a hacer lo que no manda la ley, ni privado de lo que ella no prohíbe." Saludos.
Responder
#45
(30-09-2021, 10:09 PM)Chona90 escribió: Loco me parece que no entendes muy bien como son las cosas, vos mismo repetis lo de "estamos en Argentina" y haces planteos de porque x cosa es asi y no de tal manera, cosas que son logicas y todos los sabemos, como el simple hecho de que no deberia ser necesario tener ningun puto permiso para cultivar marihuana ni que deberia ser ilegal... a lo que voy es que es inutil buscarle el pelo al huevo cuando sabes como es, si le queres ver el lado malo del Reprocan, como pasa con cualquier otra cosa, lo unico que vas a ver es eso, lo que no esta bueno, cuando lo unico que verdaderamente con esto del Reprocan es que uno pueda cultivar con la seguridad de que no te vas a ir preso! Si, si queres ponele que tenes la mala leche y te hacen un allanamiento, perderas tus plantas y el equipo imaginando el peor de lo casos, pero no vas a ir preso loco eso es lo que importa creo yo.
Creo que lo que te hace falta es informarte un poco mas de Derecho y se te va a ir la desconfianza, el art. 19 de la Constituciòn Nacional te responde tu duda de que pasa con lo que no expresa la ley; "...Ningún habitante de la Nación será obligado a hacer lo que no manda la ley, ni privado de lo que ella no prohíbe." Saludos.

Disculpame, pero a juzgar por el vocabulario no creo tengas mucha más idea de derecho que yo... Quizás me equivoque. Hice una pregunta muy simple, a la cual (me parece) estuvieron de acuerdo: ¿cómo se supone que realizás tu cultivo %100 legal, registrado en el Reprocann y todo, si la semilla tenés que comprarla por izquierda?
No es buscarle el pelo al huevo, con decir "es Argentina", significa que no me extraña que sea así la cosa. ¿A vos te parece lógico?
Responder


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