17-01-2024, 06:24 PM
Aviso: Si llevan golosinas, y se las quieren retener en la puerta, sepan que no pueden hacerlo. Según la ley de Defensa de la Competencia (25.156), para que nos puedan prohibir ingresar con alimentos, dicha norma del establecimiento debe ser comunicada al momento de la venta del ticket, cosa que no hicieron nunca ni lo van a hacer; y además, en el artículo 2, prohíbe "subordinar la venta de un bien a la adquisición de otro o a la utilización de un servicio". Por otro lado, la Ley de Defensa del Consumidor (24.240) dice en el artículo 37 b) que "las cláusulas que importen renuncia o restricción de los derechos del consumidor o amplíen los derechos de la otra parte" son consideradas cláusulas abusivas, por lo que también estarían infrigiendo esa ley. Yo el año pasado discutí con un policía en el control al ingreso, y logré que me dejen entrar con mis cosas.